Lo último en justicia: desde hoy las empresas pueden ser procesadas penalmente en el país
jueves, 5 de noviembre de 2026 · 2 min de lectura
La prórroga hasta 2028 se aprobó en el Congreso, pero no se promulgó antes de que venciera el plazo. Los artículos 8 al 11 del Código Penal ya están en aplicación.
Los artículos del nuevo Código Penal que establecen la responsabilidad penal de las empresas entraron en vigor este jueves 5 de noviembre, porque la prórroga aprobada por el Congreso Nacional no fue promulgada ni publicada a tiempo.
El Senado había aprobado el miércoles la modificación del artículo 31 de la Ley 44-26 con 26 votos a favor y ninguno en contra, acogiendo la reducción del aplazamiento de 24 a 18 meses hecha por la Cámara de Diputados. Con ello, la nueva fecha de aplicación sería el 5 de mayo de 2028, siempre que la pieza complete su procedimiento constitucional.
Hasta la mañana de este jueves no se había podido confirmar la promulgación del presidente Luis Abinader. Por tanto, vale el plazo original: tres meses después del 5 de agosto de 2026, los artículos 8, 9, 10 y 11 del Código Penal ya se aplican.
Las personas jurídicas quedan expuestas a sanciones como multas, cierre temporal o definitivo, revocación de licencias, inhabilitación para contratar con el Estado y disolución, tras un proceso judicial. El Conep y la ANJE habían pedido la promulgación anticipada de la prórroga para dar tiempo de adecuación a las empresas, especialmente a las mipymes.
Foto: Acento.
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