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Lo último en justicia: desde hoy las empresas pueden ser procesadas penalmente en el país

jueves, 5 de noviembre de 2026 · 2 min de lectura

La prórroga hasta 2028 se aprobó en el Congreso, pero no se promulgó antes de que venciera el plazo. Los artículos 8 al 11 del Código Penal ya están en aplicación.

Los artículos del nuevo Código Penal que establecen la responsabilidad penal de las empresas entraron en vigor este jueves 5 de noviembre, porque la prórroga aprobada por el Congreso Nacional no fue promulgada ni publicada a tiempo.

El Senado había aprobado el miércoles la modificación del artículo 31 de la Ley 44-26 con 26 votos a favor y ninguno en contra, acogiendo la reducción del aplazamiento de 24 a 18 meses hecha por la Cámara de Diputados. Con ello, la nueva fecha de aplicación sería el 5 de mayo de 2028, siempre que la pieza complete su procedimiento constitucional.

TP Segura — Tanques (texto)

Hasta la mañana de este jueves no se había podido confirmar la promulgación del presidente Luis Abinader. Por tanto, vale el plazo original: tres meses después del 5 de agosto de 2026, los artículos 8, 9, 10 y 11 del Código Penal ya se aplican.

Las personas jurídicas quedan expuestas a sanciones como multas, cierre temporal o definitivo, revocación de licencias, inhabilitación para contratar con el Estado y disolución, tras un proceso judicial. El Conep y la ANJE habían pedido la promulgación anticipada de la prórroga para dar tiempo de adecuación a las empresas, especialmente a las mipymes.

Foto: Acento.

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